La Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana ha remitido una Carta Circular a todos sus clubes afiliados con un importante recordatorio sobre las disposiciones reglamentarias ya referidas en la Circular 10 de la presente campaña deportiva.
En virtud de lo que establece la Circular número 10 de esta FFCV, recordamos a nuestros clubes afiliados que en todas las categorías de Fútbol-8 (Prebenjamines, Benjamines y Alevines) y de Fútbol Base (Infantiles, Cadetes y Juveniles), y en las mismas categorías de Fútbol Sala, en las que intervengan futbolistas menores de edad, será obligatoria la presencia de un Delegado o persona adulta vinculada al club que ejerza tal función, preferentemente con Licencia ‘D’ o con cualquier otra licencia, quien acompañará y representará al equipo en los partidos oficiales. El incumplimiento de esta disposición obligará al árbitro a decretar la suspensión del encuentro. De igual modo, en las categorías de Aficionados, es obligatorio que los equipos presenten delegado de campo y de equipo para los locales, y delegado de equipo para los visitantes. El delegado de campo podrá, a su vez, ejercer la doble función de campo y equipo. En el caso de que el club local no presente delegado de campo, ya sea con licencia federativa o con su DNI, el árbitro decretará la suspensión del encuentro.
Carta Circular – Disposiciones Reglamentarias
Autor: Prensa FFCV