La Federació de Futbol de la Comunitat Valenciana ha paralizado cualquier tipo de plazo administrativo o disciplinario hasta que finalice el estado de alarma en el que nos encontramos debido a la crisis del COVID-19.
Lo ha hecho mediante una circular que establece, dada la situación excepcional que atravesamos, paralizar los plazos fijados:
- En cualquiera de los procedimientos disciplinarios-deportivos, tanto en primera instancia como en apelación.
- En cualquier procedimiento seguido ante el Comité Jurisdiccional de la FFCV.
- Así como cualquier trámite y plazo fijado para la obtención de licencia.
Cabe recordar que las federaciones de fútbol no son Administración Pública (ni entidades del sector público), y por tanto los procedimientos federativos no tienen la naturaleza jurídica de actos administrativos.
Sin embargo, desde la FFCV se actúa en consonancia con lo decretado en el BOE, en concreto con la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/202A, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de Ia situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 .
Este Real Decreto regula la suspensión de términos y la interrupción de plazos administrativos, de los procedimientos de las entidades del sector público. Estableciendo debe reanudarse el cómputo de los referidos plazos en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.