La Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana recuerda que ya en 2014 se informó de la obligatoriedad de presentar Delegado con licencia federativa en vigor en todos los partidos oficiales de equipos de Fútbol-8.
Según la nota informativa fechada en noviembre de 2014, la función de Delegado deberá ser ejercida por personas mayores de edad debidamente identificadas mediante la Licencia ‘D’, quienes obligatoriamente deberán acompañar y realizar las funciones como tal en los partidos de competiciones oficiales. Tal y como se refería en dicha nota, los jugadfores mayores de edad del mismo club podrán obtener, además de su licencia de futbolista, la de Delegado, sin coste adicional en concepto de Mutualidad, y podrán ejercer el cargo como Delegado en los partidos de sus equipos de Fútbol-8. Les recordamos que, como reglamentariamente está previsto, la no designación de Delegado para los partidos será objeto de sanción disciplinaria, en virtus de cuanto dispone el artículo 305, e) del Reglamento General de la FFCV. Esta obligación será ejecutiva a partir de la jornada del 31 de octubre y 1 de noviembre de 2015.
Autor: Prensa FFCV