Circular nº. 22, Competiciones Benjamines de Fútbol Sala
- Publicado en Circulares, Circulares 2016/2017
Circular nº. 21, Competiciones Alevines de Fútbol Sala
- Publicado en Circulares, Circulares 2016/2017
Circular nº. 20, Competición Infantil Autonómico de Fútbol Sala
- Publicado en Circulares, Circulares 2016/2017
Circular nº. 19, Competiciones Cadetes de Fútbol Sala
- Publicado en Circulares, Circulares 2016/2017
Comunicado de la Dirección General de Ordenación del Juego.
La Dirección General de Ordenación del Juego recuerda la prohibición de participar en apuestas deportivas a los directivos de entidades deportivas, deportistas, entrenadores y otros participantes directos de esta actividad.
La Dirección General de Ordenación del Juego, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha comunicado a la Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana para hacerla extensiva a todos sus federados la prohibición de realizar cualquier tipo de apuestas relativas a su actividad a los directivos de entidades deportivas, deportistas, entrenadores u otros participantes directos de esta actividad deportiva, según establece la Ley de Regulación del Juego de 2011. Con el fin de garantizar la limpieza de las apuestas, se impide legalmente la participación de quienes, debido a su actividad, se encuentran en situación de privilegio respecto al resto de participantes en las apuestas, además de poder influir en el resultado. A este respecto se entienden como prohibidas las apuestas sobre cualquier evento que se desarrolle en el marco de las competiciones en las que la entidad deportiva participe o pueda participar. El incumplimiento de esta prohibición podría suponer una infracción multada con sanciones de hasta 100.000 euros.
Toda la información disponible relacionada con la actividad del juego en España puede consultarse en el siguiente enlace.
- Publicado en Circulares, Circulares 2016/2017
Nuevas Circulares sobre Competiciones de Fútbol Sala
La Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana informa de la publicación de tres nuevas circulares oficiales referidas a las competiciones de fútbol sala juveniles, femeninas y senior.
La Secretaría General de la FFCV y el Comité de Fútbol Sala comunican que ya se encuentran disponibles para su descarga y recomendable lectura tres nuevas circulares referidas a esta modalidad específica, que son la número 16 (Competiciones de Fútbol Sala Autonómico Femenino), la número 17 (Competiciones Senior de Fútbol Sala) y la número 18 (Competiciones de Fúbol Sala Juveniles), que pueden consultarles en los enlaces que adjuntamos a continuación:
Autor: Prensa FFCV
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Circular nº. 18, Competiciones de Fútbol Sala Juveniles
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Circular nº. 17, Competiciones Senior Fútbol Sala
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Circular nº. 16, Competiciones de Fútbol Sala Autonómico Femenino
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Nueva Circular a clubes sobre disposiciones reglamentarias
La Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana ha remitido una Carta Circular a todos sus clubes afiliados con un importante recordatorio sobre las disposiciones reglamentarias ya referidas en la Circular 10 de la presente campaña deportiva.
En virtud de lo que establece la Circular número 10 de esta FFCV, recordamos a nuestros clubes afiliados que en todas las categorías de Fútbol-8 (Prebenjamines, Benjamines y Alevines) y de Fútbol Base (Infantiles, Cadetes y Juveniles), y en las mismas categorías de Fútbol Sala, en las que intervengan futbolistas menores de edad, será obligatoria la presencia de un Delegado o persona adulta vinculada al club que ejerza tal función, preferentemente con Licencia ‘D’ o con cualquier otra licencia, quien acompañará y representará al equipo en los partidos oficiales. El incumplimiento de esta disposición obligará al árbitro a decretar la suspensión del encuentro. De igual modo, en las categorías de Aficionados, es obligatorio que los equipos presenten delegado de campo y de equipo para los locales, y delegado de equipo para los visitantes. El delegado de campo podrá, a su vez, ejercer la doble función de campo y equipo. En el caso de que el club local no presente delegado de campo, ya sea con licencia federativa o con su DNI, el árbitro decretará la suspensión del encuentro.
Carta Circular – Disposiciones Reglamentarias
Autor: Prensa FFCV
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